Hacienda se baja los pantalones con los autónomos. Por Daniel Ramos

LBO Abogados en el Master de Derecho y Nuevas Tecnologías de la UPO.
23 septiembre, 2015
La declaración de privacidad que has copiado y pegado en tu muro de Facebook no sirve para nada. Por Víctor López
14 octubre, 2015
Mostrar todo

Hacienda se baja los pantalones con los autónomos. Por Daniel Ramos

Daniel Ramos dirige el área fiscal en LBO Abogados.

La situación de extrema necesidad en el mercado laboral y la aparición de muchos autónomos, ha obligado a que estos últimos trabajen desde casa para ahorrar gastos. Esto ha llevado a discutir en numerosas ocasiones la deducibilidad de ciertos gastos en la declaración de IRPF.

Al parecer, los tribunales están tomando conciencia de una realidad, que debe ser tratada con delicadeza y atención. Recientemente, el TEAC ha dictado una resolución que fija el criterio legal que deberá seguir Hacienda en estos casos, que es más benévolo que el que hasta ahora se venía aplicando.

Antes de dictarse esta resolución, nos encontrábamos con dos posturas enfrentadas: Por un lado, la Dirección General de Tributos permitía la deducción de los gastos directamente relacionados con el inmueble (amortizaciones, basuras, IBI, gastos de comunidad), en la proporción en que el mismo estuviera afecto a la actividad. Sin embargo, se rechazaba de plano la posibilidad de deducir los suministros del inmueble (luz, agua, gas, calefacción), por ser gastos que no se destinaban exclusivamente a la actividad, ya que se utilizaban tanto en la parte del inmueble destinado a vivienda, como en la parte utilizada para la actividad.

Después de cientos de luchas ante Tribunales ordinarios, el criterio no era unificado, por lo que no vinculaba en absoluto las decisiones tomadas por los mismos.

Sin embargo, un poco antes de que el TSJ de Madrid dictara tal sentencia, el TEAR de la Comunidad Valenciana ya había encendido la mecha de la revolución, dando la razón a un contribuyente por considerar que “cuando parte de los inmuebles se utilizan en la actividad económica y parte para otros fines, aunque los mismos no se destinen exclusivamente y en su totalidad al ejercicio de la actividad económica, puede aplicarse a los gastos relacionados, como sucede en nuestro caso, la misma regla de prorrateo que se aplica a los gastos derivados de la titularidad de la vivienda”.

Dicha resolución fue recurrida por el Director del Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, a través del recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, por estimarla errónea, y dañosa para el interés general (el de Hacienda, se entiende).

En dicho recurso, se pedía por “ACTIVA y PASIVA” que se fijase como criterio legal (vinculante para toda la Administración Tributaria estatal, autonómica y para las ciudades con estatuto de autonomía) el que “en los casos en los que el AUTONOMO utilice parte de su vivienda habitual para el desarrollo de su actividad económica, no procede aplicar para la deducción de los gastos de suministro la misma regla de prorrateo que para los gastos derivados de la titularidad de la vivienda, sino que únicamente serán deducibles los gastos de suministros cuando se pruebe que los mismos se destinan exclusivamente al ejercicio de la actividad económica”.

Así pues, el TEAC ha fijado una y que consiste en que respecto a los gastos directamente relacionados con la vivienda no hay debate, y el TEAC ratifica su deducción en la proporción en que el inmueble esté afecto a la actividad.

La novedad viene en cuanto a la deducción de los suministros. El TEAC,  rechazando de plano la interpretación sostenida hasta la fecha por la Dirección General de Tributos y la Agencia Tributaria, afirma que “se debe imponer la regla general de admitir la deducción de aquellos gastos de suministros respecto de los que el obligado tributario pruebe la contribución a la actividad económica desarrollada”.

¿Y cómo probar esto? Para el TEAC, no es posible deducir directamente los suministros en la proporción en que la vivienda está afecta a la actividad. Es necesario acreditar además que dichos suministros contribuyen a la actividad, lo que puede hacerse utilizando cualquier medio de prueba admisible en Derecho. No obstante, el TEAC sugiere utilizar un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad, y las horas en que se ejerce dicha actividad en el inmueble.

Nuestra opinión es que esta resolución tiene una parte buena, y una mala. La buena es evidentemente, la imposición de una regla general de admisión de todos los gastos de suministros, dejando de lado por tanto, anteriores interpretaciones restrictivas que negaban la deducción si no se acreditaba una utilización exclusiva de tales suministros en la actividad.

La mala es que nos tememos que el TEAC ha salido de un charco, para meterse en otro. Si bien esta resolución surge con el loable esfuerzo de reducir la litigiosidad, y dar seguridad jurídica a los contribuyentes sobre los gastos que realmente se pueden deducir en estos casos, lo cierto es que la prueba a la que remite el TEAC sigue siendo muy compleja, y su apreciación, subjetiva. Porque… ¿cuántos días a la semana trabaja el autónomo que tiene la oficina en casa? ¿Y cuántas horas? ¿Y todos los meses trabaja lo mismo? Y sobre todo, ¿cómo podrá probar un autónomo ante Hacienda que, por ejemplo, en el último mes le ha tocado trabajar todos los fines de semana, o por las noches?

Creemos en definitiva, por tanto que lo que el TEAC ha provocado es otra apertura de litigiosidad para defender el método del criterio combinado.

1 Comment

  1. Me temo que seguimos igual, sin herramientas tangibles y reales para demostrar esos gastos. Un autónomo no tiene horario y cada actividad supone un uso muy distinto de su vivienda. Por lo tanto los autónomos seguimos siendo estando donde siempre: los últimos de la lista. Excelente artículo Daniel.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

content-1701

sabung ayam online

yakinjp

yakinjp

rtp yakinjp

slot thailand

yakinjp

yakinjp

yakin jp

yakinjp id

maujp

maujp

maujp

maujp

sabung ayam online

sabung ayam online

judi bola online

sabung ayam online

judi bola online

slot mahjong ways

slot mahjong

sabung ayam online

judi bola

live casino

sabung ayam online

judi bola

live casino

SGP Pools

slot mahjong

sabung ayam online

slot mahjong

SLOT THAILAND

post 138000906

post 138000907

post 138000908

post 138000909

post 138000910

post 138000911

post 138000912

post 138000913

post 138000914

post 138000915

post 138000916

post 138000917

post 138000918

post 138000919

post 138000920

post 138000921

post 138000922

post 138000923

post 138000924

post 138000925

cuaca 228000651

cuaca 228000652

cuaca 228000653

cuaca 228000654

cuaca 228000655

cuaca 228000656

cuaca 228000657

cuaca 228000658

cuaca 228000659

cuaca 228000660

cuaca 228000661

cuaca 228000662

cuaca 228000663

cuaca 228000664

cuaca 228000665

cuaca 228000666

cuaca 228000667

cuaca 228000668

cuaca 228000669

cuaca 228000670

cuaca 228000671

cuaca 228000672

cuaca 228000673

cuaca 228000674

cuaca 228000675

cuaca 228000676

cuaca 228000677

cuaca 228000678

cuaca 228000679

cuaca 228000680

cuaca 228000681

cuaca 228000682

cuaca 228000683

cuaca 228000684

cuaca 228000685

cuaca 228000686

cuaca 228000687

cuaca 228000688

cuaca 228000689

cuaca 228000690

cuaca 228000691

cuaca 228000692

cuaca 228000693

cuaca 228000694

cuaca 228000695

cuaca 228000696

cuaca 228000697

cuaca 228000698

cuaca 228000699

cuaca 228000700

cuaca 228000701

cuaca 228000702

cuaca 228000703

cuaca 228000704

cuaca 228000705

cuaca 228000706

cuaca 228000707

cuaca 228000708

cuaca 228000709

cuaca 228000710

post 238000581

post 238000582

post 238000583

post 238000584

post 238000585

post 238000586

post 238000587

post 238000588

post 238000589

post 238000590

post 238000591

post 238000592

post 238000593

post 238000594

post 238000595

post 238000596

post 238000597

post 238000598

post 238000599

post 238000600

post 238000601

post 238000602

post 238000603

post 238000604

post 238000605

post 238000606

post 238000607

post 238000608

post 238000609

post 238000610

info 328000551

info 328000552

info 328000553

info 328000554

info 328000555

info 328000556

info 328000557

info 328000558

info 328000559

info 328000560

info 328000561

info 328000562

info 328000563

info 328000564

info 328000565

info 328000566

info 328000567

info 328000568

info 328000569

info 328000570

berita 428011461

berita 428011462

berita 428011463

berita 428011464

berita 428011465

berita 428011466

berita 428011467

berita 428011468

berita 428011469

berita 428011470

berita 428011471

berita 428011472

berita 428011473

berita 428011474

berita 428011475

berita 428011476

berita 428011477

berita 428011478

berita 428011479

berita 428011480

berita 428011481

berita 428011482

berita 428011483

berita 428011484

berita 428011485

berita 428011486

berita 428011487

berita 428011488

berita 428011489

berita 428011490

kajian 638000036

kajian 638000037

kajian 638000038

kajian 638000039

kajian 638000040

kajian 638000041

kajian 638000042

kajian 638000043

kajian 638000044

kajian 638000045

kajian 638000046

kajian 638000047

kajian 638000048

kajian 638000049

kajian 638000050

kajian 638000051

kajian 638000052

kajian 638000053

kajian 638000054

kajian 638000055

kajian 638000056

kajian 638000057

kajian 638000058

kajian 638000059

kajian 638000060

kajian 638000061

kajian 638000062

kajian 638000063

kajian 638000064

kajian 638000065

article 788000031

article 788000032

article 788000033

article 788000034

article 788000035

article 788000036

article 788000037

article 788000038

article 788000039

article 788000040

article 788000041

article 788000042

article 788000043

article 788000044

article 788000045

article 788000046

article 788000047

article 788000048

article 788000049

article 788000050

article 788000051

article 788000052

article 788000053

article 788000054

article 788000055

article 788000056

article 788000057

article 788000058

article 788000059

article 788000060

article 788000061

article 788000062

article 788000063

article 788000064

article 788000065

article 788000067

article 788000068

article 788000069

article 788000070

article 788000071

article 788000072

article 788000073

article 788000074

article 788000075

article 788000076

content-1701